sábado, 3 de agosto de 2024

Moción en apoyo a la proposición de ley para la modificación de la Ley 4/2000 Sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social

 



EL GRUPO MUNICIPAL DE IU-VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA, PRESENTA, PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE JULIO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN LA SIGUIENTE MOCIÓN: 

Moción: Moción en apoyo a la proposición de ley para la modificación de la Ley 4/2000 Sobre Derechos  y  Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social

             EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

             La grave situación que afecta a 6.000 niños y niñas en Canarias debido a la emergencia migratoria es de conocimiento público gracias a los medios de comunicación. Estos menores, que huyen de la pobreza, las guerras y las consecuencias del cambio climático, han emprendido una peligrosísima travesía que ha dejado importantes secuelas físicas y emocionales en muchos de ellos. La saturación de los recursos gestionados por el Gobierno de Canarias impide ofrecer una atención adecuada a estos niños, lo que agrava aún más su vulnerabilidad.

 No debería ser necesario recordar, pero lo haremos tantas veces como sea necesario, que la protección del interés superior del menor se configura como un principio rector fundamental en la actuación de los poderes públicos. Este principio está consagrado en diversos Tratados Internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño. En su artículo 3.1, se establece que “en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atendrá será el interés superior del niño”.

 Dicha obligación se concreta en nuestra Constitución en el artículo 39.4, que recuerda que “los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos”. Además, este principio ha sido reforzado en normas posteriores, como la Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia.

 En coherencia con lo indicado, los niños y niñas no acompañados tienen los mismos derechos que los niños y niñas españoles. Por lo tanto, es imperativo proteger sus derechos estableciendo mecanismos vinculantes y solidarios que garanticen su bienestar y desarrollo integral.

 España cuenta con los recursos necesarios para atender adecuadamente a la infancia migrante que llega en condiciones de extrema vulnerabilidad. Es necesario implementar políticas efectivas y coordinadas a nivel estatal y autonómico para asegurar que estos menores reciban la protección y el cuidado que merecen. La creación de una red de apoyo que involucre a diversas instituciones y organizaciones puede ser clave para proporcionar un entorno seguro y favorable para su desarrollo.

 En este sentido, es fundamental que las autoridades locales, autonómicas, nacionales y europeas trabajen de manera conjunta y solidaria para responder a esta emergencia humanitaria. Solo a través de la cooperación y el compromiso podremos garantizar que los derechos de estos niños y niñas sean plenamente respetados y protegidos.

 La protección del interés superior del menor no es solo un mandato legal, sino un imperativo moral que exige una respuesta inmediata y eficaz. Cada día que pasa sin una solución adecuada, se pone en riesgo el futuro y el bienestar de miles de niños y niñas. No podemos permitir que esto continúe. Actuemos ahora con responsabilidad y humanidad.

             Por todo ello, el grupo municipal de Izquierda Unida propone al Pleno la adopción del siguiente

             ACUERDOS

  1.  El Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia muestra su apoyo a la modificación del artículo 35 de la ley 4/2000 para establecer mecanismos vinculantes y solidarios que ayuden a garantizar los derechos de la infancia migrante.
  2. Instar a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a que cumpla con los acuerdos establecidos el año pasado para el acogimiento de menores no acompañados, y con los nuevos compromisos de la Conferencia Sectorial de Infancia celebrada en Canarias en julio de 2024.
  3. Instar al Ministerio de Infancia y Juventud a que siga impulsando medidas para garantizar los derechos de las niñas y niños migrantes.
  4.  Se remita dicho acuerdo al Ministerio de Juventud e Infancia.
  5.  Instar a los grupos parlamentarios del Congreso de los diputados a apoyar la modificación del artículo 35 de la Ley de Extranjería, relacionada con los menores no acompañados. 

                    

Alhama de Murcia a 29 de julio de 2024

Grupo Municipal de IU-Verdes

 

Moción: PARA EL REFORZAMIENTO DE LA LABOR DE INSPECCIÓN EN EL ÁMBITO DEL TRABAJO AGRÍCOLA EN LA REGIÓN DE MURCIA

 



EL GRUPO MUNICIPAL DE IU-VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA, PRESENTA, PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE NOVIEMBRE, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN LA SIGUIENTE MOCIÓN:

Moción: PARA EL REFORZAMIENTO DE LA LABOR DE INSPECCIÓN EN EL ÁMBITO DEL TRABAJO AGRÍCOLA EN LA REGIÓN DE MURCIA

EXPOSCIÓN DE MOTIVOS:

En los últimos días la Policía Nacional ha procedido a la detención de 46 personas en dos explotaciones agrícolas situadas en las localidades de Alhama de Murcia y La Hoya en Lorca, por la presunta comisión de los delitos de falsedad documental, usurpación de estado civil, contra los derechos de los trabajadores, favorecimiento de la inmigración ilegal e infracción a la ley de extranjería.

Estas detenciones se enmarcan en una investigación dedicada a la captación de personas en situación irregular para el trabajo en el campo, usando documentación de otras personas que sí están regularizadas para el trabajo y residencia.

Según la Policía Nacional los encargados de la trama se dedicaban a la captación de personas para explotarlas laboralmente en las fincas agrícolas. De las 46 personas detenidas, 19 de ellas han sido atribuidas con delitos contra los derechos de los trabajadores/as y el favorecimiento de la inmigración ilegal y las veintisiete restantes han sido las propias personas en situación irregular.

Desgraciadamente, este no es un hecho puntual. La inspección de trabajo, fruto del plan de inspección desarrollado por el Ministerio de Trabajo desde 2021 y más concretamente en el ámbito del trabajo agrícola desde 2022 ha puesto de manifiesto que en una de cada tres inspecciones realizadas se ha destapado fraudes y delitos que tienen que ver con incumplimientos de los derechos de los/as trabajadores/as. En concreto, en lo que va de año en nuestra Región se han producido diversos hechos similares:

- 15 de febrero 2 detenidos en Beniel

- 29 de febrero 6 detenidos en Lorca, Águilas y Mazarrón

- 14 de marzo 23 detenidos en Torre Pacheco

- 25 de junio 46 detenidos en Alhama y La Hoya, Lorca.

La lista es suficientemente amplia si nos remontamos a años anteriores como para concluir que no se trata de un hecho aislado sino de un problema estructural consustancial al sistema de explotación agroindustrial intensivo que domina el agro de nuestra región y que basa buena parte de sus beneficios en sistemas de explotación laboral que rayan en la esclavitud y conculcan los derechos humanos en un amplio sentido. Hay que recordar la muerte por golpe de calor de Eleazar Blandón abandonado a las puertas de un centro de Salud de Lorca, sin agua y a 40º de temperatura o la sentencia firme contra un capataz acusado de violación y agresión sexual contra seis trabajadoras en Torre Pacheco, estos son solo algunos ejemplos.

Es, por tanto, esta explotación laboral, una lacra impulsada fundamentalmente por la acción de empresas temporales de empleo, ETTs, que utilizan, sin ningún pudor, estas prácticas mafiosas y delictivas que es necesario perseguir con total contundencia y sin ningún grado de consideración.

En este sentido, es fundamental la labor de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en nuestra región dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que es necesario reforzar. Este organismo es el encargado de fiscalizar las ilegalidades en materia de trabajo y seguridad social en la CARM.

No obstante, el gobierno regional no es ajeno a esta labor ya que ejerce una importante labor en el seno de la Comisión Operativa Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que regula el Convenio entre el Organismo Autónomo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad social de 19 de noviembre de 2020 Entre las funciones de esa Comisión paritaria Estado Comunidad Autónoma están:

a) El análisis de las situaciones de incumplimiento más frecuente o generalizado de las normas sociales en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como de la actividad desarrollada en este ámbito por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

b) El establecimiento de los mecanismos de información y apoyo técnico que sean necesarios para el adecuado ejercicio de la función inspectora en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

c) La aprobación del programa territorial de objetivos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que tendrá carácter integrado de las materias de titularidad competencial autonómica, supraautonómica y estatal.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Verdes en el Ayuntamiento de Alhama de Murcia, presenta para su debate y aprobación la siguiente MOCIÓN :

1. Instar el Gobierno de la Nación para que con más medios y personal al Órgano de Inspección del Ministerio de Trabajo.

2. Instar al Ministerio de Trabajo para que dentro de su plan de actuación refuerce intensifique las inspecciones en el ámbito del trabajo agrícola en la Región de Murcia.

3. Instar al Gobierno Regional de la CARM para que en el seno de la Comisión Operativa Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social proponga que se incluyan como objetivos prioritarios para el plan de inspección anual

• El reforzamiento de las inspecciones en el campo murciano, prestando para ello toda la colaboración y recursos dentro del ámbito de sus competencias.

• Un mayor control de la temporalidad en el trabajo agrícola.

• El cumplimiento estricto de los preceptos de la Reforma Laboral de 2021 en el ámbito de la Región de Murcia.

Grupo Municipal de IU-Verdes Alhama

Moción: PARA PARA CREACION DE UNA NUEVA ORDENANZA PARA LA REGULACIÓN DEL USO DE LA PIROTECNIA Y LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA, PERSONAS CON DISTINTAS CAPACIDADES, MAYORES, PERSONAS ENFERMAS Y ANIMALES

 



EL GRUPO MUNICIPAL DE IU-VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA, PRESENTA, PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE JULIO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN LA SIGUIENTE MOCIÓN: 

Moción: PARA PARA CREACION DE UNA NUEVA ORDENANZA PARA LA REGULACIÓN DEL USO DE LA PIROTECNIA Y LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA, PERSONAS CON DISTINTAS CAPACIDADES, MAYORES, PERSONAS ENFERMAS Y ANIMALES

 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

             Con mucha frecuencia la celebración de fiestas y actos públicos y/o privados está asociada al uso de pirotecnia, con acusado efecto acústico, en un gran número de pueblos y ciudades de nuestro país. Nos referimos, en concreto, al uso de petardos, fuegos artificiales, voladores, etc. que ocasiona molestias y problemas a personas con Trastorno s del Espectro Autista (TEA), mayores, enferm@s, personas que padecen fonofobia o ligirofobia y bebés.

             Como hemos mencionado, hay determinados sectores de la población que sufren especialmente el uso de pirotecnia. En primer lugar, personas con capacidades diferentes e hipersensibilidad sensorial, como es el caso de las personas con características del espectro autista, que padecen especialmente las consecuencias de la pirotecnia, llegando a sufrir crisis con convulsiones e incluso casos de necesidad de internamiento hospitalario.

             Al margen de estos perjuicios indudables, podemos observar con bastante frecuencia que ciertos tipos de pirotecnia se usan en lugares públicos, y muy concurridos, a veces aglomerados, habiendo existido casos de accidentes graves, incluso entre menores de edad, al no establecer un control específico para ello con el posible peligro que estas prácticas conllevan , e incluso riesgo de incendios forestales en caso de proximidad a estos espacios y contaminación en nuestros ríos y mares sin atender al estado de emergencia climática que ya está vigente en muchos municipios.

             Los fuegos artificiales son perjudiciales en sectores vulnerables de la población como son los bebés, personas con enfermedades respiratorias y/o cardiovasculares, epilepsia y personas mayores, que debido a la contaminación ambiental que provocan estos artificios, implica que no sea recomendable para estos sectores su exposición a los mismos. Además, ha de tenerse en cuenta la contaminación sonora, por ello la Organización Mundial de la Salud cifra en 120 decibelios el umbral máximo de ruido a partir del cual se pueden generar daños en el oído. Los cohetes pirotécnicos más potentes pueden superar los 170 decibelios.

            En el caso de los animales, el uso de petardos y voladores genera taquicardia, temblores, falta de aire, náuseas, aturdimiento, pérdida de control, miedo o incluso la muerte. Los perros suelen sentir temor y al huir pueden ser víctimas de accidentes o perderse.

             Las aves reaccionan frente a los estruendos con taquicardias que pueden provocarles la muerte.

             Los gatos suelen correr detrás de los explosivos por simple curiosidad, pudiendo ingerirlos, perder la vista o lesionarse.

             Todos los años se dan multitud de casos de desapariciones de animales durante la noche de fin de año. Al estar desorientados pueden sufrir con mayor facilidad cualquier tipo de accidente o atropellos. Todos sus sentidos están colapsados por el ruido, que no les permite prestar atención a su entorno ni a los peligros que les rodean.

 Por todo lo expuesto elevamos al pleno los siguientes acuerdos:

 PRIMERO: El Ayuntamiento de Alhama de Murcia a regulará mediante normativa de competencia municipal el uso de petardos y artefactos pirotécnicos en la vía pública, restringiendo su uso a profesionales dentro de la programación de las fiestas o eventos sociales justificados, acotando su horario y el lugar determinado de forma que se reduzca al mínimo su impacto negativo.

SEGUNDO: Incluir la regulación del uso de pirotecnia en una nueva ordenanza, con sus sanciones correspondientes, en la que se incluya la difusión de los horarios y lugares de los eventos en los que se permita el uso de pirotecnia con la suficiente antelación para que las personas afectadas puedan tomar medidas.

TERCERO : El Ayuntamiento de Alhama de Murcia a informará  mediante campañas informativas de la nueva normativa y de los perjuicios que supone la pirotecnia para sectores sensibles de la sociedad como personas con TEA, distintas capacidades, personas enfermas (patologías cardiorrespiratorias, hipertensión, cuadros de estrés, ansiedad, personas altamente sensibles -PAS-, etc.), personas medicalizadas, personas mayores, bebés y animales, además de los perjuicios al medio ambiente (contaminación acústica, incendios).

CUARTO: Potenciar y normalizar que se utilice la pirotecnia sin ruido ni explosiones en aquellos espectáculos subvencionados total o parcialmente por este Ayuntamiento y promover campañas informativas para disminuir su uso.

  Grupo Municipal de IU-Verdes Alhama

10 de julio de 2024

ENMIENDA PARCIAL MOCIÓN DE FIJACION FESTIVO LOCAL PARA EL AÑO 2025, EL 2 DE MAYO

 ENMIENDA  PARCIAL MOCIÓN DE FIJACION  FESTIVO LOCAL PARA EL AÑO 2025, EL 2 DE MAYO

  El artículo 45.1 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, enumera las fiestas laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable, distinguiendo entre las señaladas en los apartados a), b) y c), que tienen el carácter de nacional no sustituibles por las comunidades autónomas, y las reflejadas en el apartado d), respecto de las cuales las comunidades autónomas pueden optar entre a celebración en su territorio de dichas fiestas o su sustitución por otras que, por tradición, les sean propias.

 Entre las facultades reconocidas a las comunidades autónomas en el artículo 45.3 del Real Decreto 2001/1983, se encuentra también la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la comunidad autónoma de otras que les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la fiesta de san José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio.

 Asimismo, el apartado 2 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, faculta en su último párrafo a aquellas comunidades autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales para añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.

  La Dirección General de Trabajo es competente para disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de fiestas laborales comunicadas, de conformidad con lo previsto en el reiterado artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983, y en el Real Decreto 499/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla a estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo con la finalidad de facilitar el general conocimiento en todo el territorio nacional de conjunto de las fiestas laborales, de tal forma que junto con la publicación de las fiestas de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla se transcriban también las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter permanente que figuran en el reiterado precepto.

  Además de las doce fiestas resultantes por aplicación de los anteriores apartados, y en desarrollo del artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores citado anteriormente, el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983 establece que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición sean propias en cada municipio, las cuales se publicarán en el boletín oficial de la comunidad autónoma o, en su caso, en el boletín oficial de la provincia correspondiente.

 En el año 2025 el día 2 de Febrero cae en domingo, celebrándose en el municipio de Alhama del Ayuntamiento de Alhama de Murcia la fiesta local de La Candelaria. Desde el Grupo Municipal   Izquierda Unida - Verdes  proponemos fijar como festivo local el Viernes 2  de Mayo de 2025, dándole una mayor amplitud a la festividad de “LOS MAYOS”, calificada de Interés Turística Nacional.

 Por todo ello, se eleva a La Comisión Informativa de cultura, patrimonio, festejos, juventud, educación, salud, deportes, turismo, pedanías, seguridad y protección ciudadana, tráfico, bienestar social, transparencia y participación ciudadana,... la siguiente propuesta de DICTAMEN:

 PRIMERO: Que en el año 2025 se establezca como festivo local el día 2 de mayo.

 SEGUNDO: A través del canal de participación ciudadana, se realizará consulta a los vecinos de Alhama de Murcia para que se fijen los festivos locales para el año 2026 y siguientes.

 TERCERO: Dar traslado del presente acuerdo a la Dirección General de Relaciones Laborales Economía Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Moción: Para la creación de una subvención municipal en materia de sanidad destinadas a la compra de alimentos elaborados para cubrir las necesidades de personas con celiaquía.

 



MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO IZQUIERDA UNIDA ALHAMA PARA LA CREACIÓN DE UNA SUBVENCIÓN MUNICIPAL DESTINADA A LAS PERSONAS CON DE CELIAQUÍA PARA EL PLENO ORDINARIO DE JUNIO DEL AÑO 2024

Moción: Para la creación de una subvención municipal en materia de sanidad destinadas a la compra de alimentos elaborados para cubrir las necesidades de personas con celiaquía.

La celiaquía es una afección autoinmune que afecta aproximadamente al 1% de la población española, lo que equivale a unas 470,000 personas. Esta condición obliga a quienes la padecen a llevar una dieta estricta sin gluten de por vida. Sin embargo, los productos sin gluten suelen ser significativamente más caros que sus equivalentes con gluten, lo que genera una carga económica considerable para las familias afectadas.

La FACE (Federación de Asociaciones de Celíacos en España) cifra en su Informe de precios de productos específicos para celíacos en un sobrecoste anual de 538,98€ por año y persona celíaca en cada hogar En este contexto, la justicia social implica la creación de una sociedad más equitativa y justa, y las instituciones públicas, como los ayuntamientos, tenemos un papel fundamental en garantizar el bienestar de todos sus ciudadanos, especialmente de aquellos que enfrentan desafíos adicionales.

Las personas con celiaquía deben consumir productos específicos sin gluten, que suelen ser entre un 150% y un 500% más caros que los productos normales. De esta diferencia de precios se genera una carga económica adicional considerable para las familias afectadas que ya hemos mencionado.

Para abordar esta situación, desde Izquierda Unida Alhama planteamos que el ayuntamiento de Alhama implemente un programa de bonificación para productos sin gluten, destinando una partida municipal económica que se contemple en los presupuestos municipales anuales y que intente suplir o, al menos mitigar, el grave escalón económico al que se enfrentan algunas familias que cuentan entre sus miembros a una o más personas con esta afección. Este programa podría funcionar mediante la emisión de cupones, reembolsos o descuentos directos en la compra de productos sin gluten en tiendas locales.

Ciudades como Barcelona ya han implementado medidas de apoyo a los celíacos, lo que ha resultado en una reducción significativa de la carga económica para estas familias.

Esta medida no solo reducirá la brecha económica para los vecinos celíacos, sino que también promoverá una mayor inclusión y conciencia sobre la celiaquía en la comunidad. Al reducir el costo de los productos sin gluten, estamos eliminando una barrera económica significativa y mejorando la calidad de vida de las personas con celiaquía. Además, esta iniciativa fomentará un entorno más solidario y comprensivo, mejorando la cohesión social y el bienestar general de los ciudadanos de Alhama.

En resumen, la propuesta de bonificación para productos sin gluten es una medida justa y necesaria para apoyar a los vecinos celíacos de Alhama. El ayuntamiento tiene la responsabilidad de garantizar la justicia social y esta iniciativa representa un paso significativo hacia la equidad y el bienestar para todos los ciudadanos. Insto al ayuntamiento de Alhama a implementar esta propuesta y demostrar su compromiso con la justicia social y el apoyo a sus vecinos más vulnerables.

Por todo lo expuesto elevamos a pleno los siguientes acuerdos:

PRIMERO- Que desde el Ayuntamiento se elabore un censo y registro de todas las personas celíacas empadronadas en el municipio.

SEGUNDO- Que desde el Ayuntamiento de Alhama se contemple una partida presupuestaria destinada a suplir el sobrecoste económico de los productos para celíacos.

TERCERO- Que desde el Ayuntamiento de Alhama se elaboren unas bases reguladoras para la concesión de esta ayuda.

Grupo Municipal de I.U. Alhama de Murcia

13 de junio de 2024

Moción: ESTUDIO Y CREACIÓN DE UN CEMENTERIO MUNICIPAL EN ALHAMA DE MURCIA

 


EL GRUPO MUNICIPAL DE IU-VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA, PRESENTA, PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE MAYO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN LA SIGUIENTE MOCIÓN:

Moción: ESTUDIO Y CREACIÓN DE UN CEMENTERIO MUNICIPAL EN ALHAMA DE MURCIA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Alhama de Murcia es un municipio que cuenta con 23.280 habitantes (INE 2023) y cuenta con una densidad de población en la que un quinto de ella es extranjera, con sus respectivas diferencias confesionales, religiosas e ideológicas y según su procedencia nos encontramos, en la actualidad con 1.070 personas que proceden de Europa, 2.052 de África, 784 de América y 56 de Asia.

El municipio cuenta con cuatro camposantos; uno en el casco urbano, Nuestra Señora del Carmen, que pertenece a la iglesia católica, y otros tres en las pedanías: en El Berro y Las Cañadas propiedad del obispado y otro en Gebas, gestionado por sus vecinos.

A la tristeza por la pérdida de un ser querido, se une el momento de darle sepultura. Un procedimiento que conlleva una serie de trámites y costes desconocidos para gran parte de los ciudadanos.

Los cementerios públicos son una necesidad importante en cualquier comunidad, ya que brindan un lugar adecuado y digno para el entierro de los fallecidos.

Además, si estos están administrados por los ayuntamientos, se garantiza un servicio equitativo y accesible para todos los ciudadanos y así garantizar que todas las personas tengan acceso a un lugar de sepultura digno, independientemente de su religión, confesión, situación familiar y dificultades económicas.

De esta manera, se evita la exclusión de aquellas personas que no puedan pagar un entierro privado. Además, los cementerios públicos también juegan un papel importante en la preservación de la memoria y la historia de la comunidad. Allí se pueden encontrar tumbas de personajes destacados, monumentos conmemorativos y espacios de homenaje a los difuntos, que contribuyen a la identidad y la cultura local.

Por lo que se plantea la necesidad de planificación y construcción de un cementerio público, el cual pueda dar y prestar las necesidades, confesiones y religiones, que en la actualidad necesitan o reclaman los ciudadanos de Alhama de Murcia. Grupo Municipal IU - Verdes Ayuntamiento de Alhama de Murcia iu@alhamademurcia.es

 

Considerando que los cementerios constituyen una competencia expresamente asignada a los municipios por el apartado 2.k del artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y que al mismo tiempo el apartado 1.a) del artículo 26 de dicha ley configura el cementerio como un servicio público básico de obligatoria prestación por los ayuntamientos, encontrándose regulado por las respectivas Ordenanzas municipales y el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria aprobado por Decreto 2263/1974, de 20 de julio, y no siendo susceptible de suspensión por evidentes motivos de salud pública.

Recordar que, en noviembre del 2021, la corporación municipal, votó a favor de esta iniciativa y aprobó en el pleno una moción para llevar a cabo el estudio para crear un cementerio municipal en la cual todavía no ha realizado avances significativos.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal de IU- VERDES eleva al Pleno de la Corporación, para su debate y aprobación los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Estudiar las posibilidades para la creación de un cementerio público en el municipio de Alhama de Murcia.

SEGUNDO: Que este cementerio público esté sujeto a la autoridad del Ayuntamiento de Alhama de Murcia, a que le corresponderá su administración, dirección y cuidado.

TERCERO: Elaborar una Ordenanza Reguladora del Cementerio Municipal de Alhama de Murcia.

Alhama de Murcia a 14 de mayo de 2024

Grupo Municipal de IU-Verdes

Moción para la creación de un Plan Sombra para todos los centros educativos públicos de Alhama de Murcia

 



MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO IZQUIERDA UNIDA ALHAMA PARA EL DESARROLLO DE UN PLAN SOMBRA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO

Moción Para la creación de un Plan Sombra para todos los centros educativos públicos de Alhama de Murcia

En el sureste de la Península Ibérica, en la Región de Murcia, el calor del Sol puede convertirse en un desafío constante, especialmente durante los meses más cálidos del año. Este clima extremo no solo afecta el confort diario de los habitantes, sino que también plantea desafíos adicionales para nuestros jóvenes estudiantes en los colegios de Alhama de Murcia. Es por ello por lo que resulta imperativo abordar la necesidad de proporcionar sombra adecuada en estos centros.

Con veranos cada vez más cálidos y una grave problemática de sequías, conseguir reducir la temperatura y ofrecer espacios de sombra se ha convertido en un objetivo tan difícil como vital. Los centros educativos son competencia de la Comunidad Autónoma, pero desde el municipio somos conocedores de que las infraestructuras educativas están desfasadas y abandonadas por el gobierno regional desde hace tiempo.

Muchos de los espacios educativos de nuestros centros, tanto del núcleo urbano como de las pedanías, no cuentan en su mayoría con la suficiente sombra ni arbolado para hacer frente al calor de los meses de mayo, junio, septiembre y octubre, siendo muy necesaria una inversión pública que garantice unas condiciones adecuadas y espacios de sombra cuanto antes (de carácter artificial y natural) y la seguridad de que en el futuro nuestros centros cuenten con la protección e instalaciones necesarias en esta materia.

Al aumentar los espacios de sombra en nuestro municipio estaremos apostando directamente por la salud y el bienestar de nuestros estudiantes, puesto que la exposición excesiva al sol puede provocar daños en la piel y la posibilidad de desarrollar enfermedades en el futuro; mejoraremos el ambiente educativo, dado que los espacios al aire libre con sombra son más agradables y propician un ambiente propicio para el aprendizaje; fomentaremos la actividad física, dado que las áreas sombreadas animan a los estudiantes a participar en actividades al aire libre durante más tiempo; reduciremos es estrés térmico de los centros educativos y fomentaremos la cohesión social, debido a que los espacios sombreados también son lugares ideales para actividades grupales y sociales. Esto promueve la interacción entre los estudiantes y fortalece el sentido de comunidad en la escuela.

El trabajo por parte de las instituciones debe ser siempre socorrer a quien más lo necesita y trabajar por construir un país socialmente más justo, estos son los motivos que nos han llevado desde Izquierda Unida Alhama a plantear, en este pleno del Ayuntamiento, esa asunción de competencias impropias en beneficio del bienestar de los estudiantes, su salud, la reducción del estrés térmico y el fomento de la actividad física.

Por todo ello elevamos para su debate y aprobación los siguientes puntos:

PRIMERO-. Realizar un estudio de necesidad de implementar el sombraje en los centros educativos públicos de Alhama de Murcia.

SEGUNDO-. Destinar una partida de los próximos presupuestos municipales de 2024 para suplirtodas las necesidades detectadas.

TERCERO-. Solicitar a la Consejería de Educación de la Región de Murcia que asuma sus competencias en esta materia.

Grupo Municipal de I.U. Alhama de Murcia

16 de mayo de 2024