EL GRUPO MUNICIPAL DE IU-VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA ,
PRESENTA, PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE NOVIEMBRE, PARA SU DEBATE Y
APROBACIÓN LA SIGUIENTE MOCIÓN :
El Ayuntamiento
de Alhama, como cualquier otra entidad local, tiene el deber de proporcionar a
los ciudadanos la información pública necesaria para que estos conozcan cómo se
ejerce la representación otorgada en las urnas, cumpliendo así con el principio
de de transparencia en la gestión que debe ser inherente a todo organismo
público.
Porque Política
es y debe ser la acción por la mejora de la sociedad y las personas, bajo el
control y la transparencia en el buen uso del dinero público. En esta difícil
situación está en juego la propia esencia del sistema democrático. Ha llegado
la hora de pasar de las palabras a los hechos, implementando medidas
eficientes. Es indispensable que las personas que nos dedicamos a la Política
seamos quienes, en primer lugar, nos comprometamos y demos ejemplo de rechazo y
persecución de esta realidad, actuando con transparencia, fortaleciéndole
control público, consiguiendo para ello las leyes y las normas necesarias.
La dignificación
de la vida política, todo lo relativo a la transparencia, control y
responsabilidad en la vida pública, no pueden ser cuestiones ajenas a la vida
de la gestión municipal, sino que, por el contrario, debe extremarse el control
de la misma y las acciones positivas para lograr este fin.
La corrupción
política es una inmoralidad, a veces también una ilegalidad, que está instalada
en el sistema económico y político de nuestro país. Actualmente vemos como, a
diario, aparecen casos tanto en ayuntamientos como en comunidades autónomas..
Para añadir objetividad basta un ejemplo: Transparencia Internacional España
con su ónice de Transparencia de las Comunidades Autónomas nos sitúa a la
Región de Murcia en el último lugar de las diecisiete comunidades analizadas.
La corrupción
está relacionada con el mal uso del poder político con el fin de conseguir un
beneficio o ventaja ilegítima, generalmente secreta y privada.
Por desgracia
muchas veces la corrupción política no está considerada como lo que es, una
lacra social, si no que, es considerada ya incluso como algo normal, quizás por
haberse dado con demasiada frecuencia, sobre todo en los años de la
cultura política del pelotazo.
Ante un creciente
aumento de los casos de corrupción política, en muchos casos ligados a
contratos de la administración local, es necesaria una respuesta rápida de los
partidos políticos ante las acciones corruptas, que se adopten los mecanismos
de investigación y las reformas oportunas.
La Federación Española de Municipios y
Provincias (FEMP) aprobó por unanimidad un código de buen gobierno local para
combatir la corrupción en la Administración Local. Es una declaración de
intenciones, en la que, entre otras medidas, figura la recomendación de que
alcaldes y concejales rechacen los regalos, mayor control en contratos públicos
y subvenciones, y la obligación de informar y mantener reuniones con la
oposición.
Posteriormente,
el 9 de diciembre de 2013, se aprobó la Ley 19/2013 de Transparencia, que
obliga, entre otras administraciones, a los Ayuntamientos a facilitar de manera
clara y entendible la información relativa a su funcionamiento, indicando en su
Art. 5.4 que la información será publicada en las correspondientes sedes
electrónicas y páginas web.
Entre las
informaciones a facilitar a los
ciudadanos se encuentran las de información institucional, organizativa y de
planificación (Art. 6 de la Ley), información de relevancia jurídica (Art. 7) y
la información económica, presupuestaria y estadística (Art. 8).
La Ley establece
que como mínimo deberá publicarse, entre otra, la información de todos los
contratos licitados, un listado trimestral de los contratos menores, la
relación de convenios suscritos, las subvenciones concedidas, los presupuestos,
las cuentas anuales y retribuciones de altos cargos.
Si bien se da un
plazo de dos años a los Ayuntamientos para adaptarse a la Ley, resulta
comprensible e imprescindible que sea necesario comenzar a aplicar las medidas
para llegar a cumplir con la Ley antes de sobrepasar el plazo estipulado.
Las diferentes
fuerzas políticas ya han expresado que está ley tiene que ser complementada con
más actuaciones y más medidas. En el
caso de IU ha presentado en el parlamento 54 medidas contra la corrupción.
Mientras todas
estas medidas se ponen en marcha y teniendo en cuenta que en el ámbito
municipal, la corrupción tiene una gran incidencia y capacidad de contaminación
es necesario garantizar y reforzar el control público y situar la transparencia
en la primera línea de la agenda política.
Por todo lo
anteriormente expuesto, proponemos la adopción de los siguientes acuerdos:
1º.- El Pleno de la Corporación acuerda implantar medidas de
transparencia que permitan a los ciudadanos conocer la gestión del Ayuntamiento
de manera clara y entendible
2º.- Continuar
las iniciativas de potenciación y desarrollo de todos los canales municipales
sobre la transparencia, la participación y la información sobre la gestión de
los contratos públicos del Ayuntamiento de Alhama, dado que todo se hace con el
dinero público del conjunto de la ciudadanía.
3º.- El
Ayuntamiento de Alhama de Murcia deberá hacer públicas y reflejará en su página
web las declaraciones de bienes e intereses de todos sus cargos públicos, así
como:
b) Publicar las
retribuciones del personal de confianza del alcalde y equipo de gobierno.
c) Publicar,
mensualmente, de forma completa la Relación de Puestos de Trabajo del
Ayuntamiento y sus retribuciones salariales.
d) Publicar todos
los Decretos de Alcaldía que sean de claro interés general.
e) Publicar las
ayudas y/o subvenciones concedidas a ONGs o Asociaciones.
f) Publicar todos
los documentos referentes a las cuentas anuales del Ayuntamiento. (Presupuesto, liquidaciones, cuenta General, etc…)
g) Contemplar un
espacio reservado, en la página web, para los diferentes Grupos municipales.
b) Publicar las actas
de las Mesas de Contratación.
c) Publicar todos los contratos licitados y adjudicados, así
como el método seguido.
d) Publicar la
lista y la cuantía de las operaciones con los proveedores más importantes del
Ayuntamiento.
e) Publicar la
lista y la cuantía de operaciones con los adjudicatarios y contratistas más
importantes del Ayuntamiento.
f) Publicar las actas de las sesiones de la Junta de Gobierno.
g) Listado de todos los convenios suscritos y vigentes.
h)
Listado trimestral de todos los contratos menores.
6º.- Establecer
un sistema de incompatibilidades de todos los altos cargos del gobierno
municipal y de los responsables de contratación o de miembros de asesoría
técnica.
7º. El
Ayuntamiento de Alhama de Murcia no externalizará servicios salvo aquellos
casos en que se justifique debidamente la imposibilidad de prestarlos por
propios medios.
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Alhama de Murcia a 14 de Noviembre
de 2014
Grupo Municipal de IU-Verdes
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