martes, 25 de noviembre de 2014

Moción: Sobre medidas de transparencia en la gestión municipal


 
EL GRUPO MUNICIPAL DE IU-VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA, PRESENTA, PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE NOVIEMBRE, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN LA SIGUIENTE MOCIÓN:

El Ayuntamiento de Alhama, como cualquier otra entidad local, tiene el deber de proporcionar a los ciudadanos la información pública necesaria para que estos conozcan cómo se ejerce la representación otorgada en las urnas, cumpliendo así con el principio de de transparencia en la gestión que debe ser inherente a todo organismo público.
Porque Política es y debe ser la acción por la mejora de la sociedad y las personas, bajo el control y la transparencia en el buen uso del dinero público. En esta difícil situación está en juego la propia esencia del sistema democrático. Ha llegado la hora de pasar de las palabras a los hechos, implementando medidas eficientes. Es indispensable que las personas que nos dedicamos a la Política seamos quienes, en primer lugar, nos comprometamos y demos ejemplo de rechazo y persecución de esta realidad, actuando con transparencia, fortaleciéndole control público, consiguiendo para ello las leyes y las normas necesarias.
La dignificación de la vida política, todo lo relativo a la transparencia, control y responsabilidad en la vida pública, no pueden ser cuestiones ajenas a la vida de la gestión municipal, sino que, por el contrario, debe extremarse el control de la misma y las acciones positivas para lograr este fin.
La corrupción política es una inmoralidad, a veces también una ilegalidad, que está instalada en el sistema económico y político de nuestro país. Actualmente vemos como, a diario, aparecen casos tanto en ayuntamientos como en comunidades autónomas.. Para añadir objetividad basta un ejemplo: Transparencia Internacional España con su ónice de Transparencia de las Comunidades Autónomas nos sitúa a la Región de Murcia en el último lugar de las diecisiete comunidades analizadas.
La corrupción está relacionada con el mal uso del poder político con el fin de conseguir un beneficio o ventaja ilegítima, generalmente secreta y privada.
Por desgracia muchas veces la corrupción política no está considerada como lo que es, una lacra social, si no que, es considerada ya incluso como algo normal, quizás por haberse dado con demasiada frecuencia, sobre todo en los años de la cultura  política del pelotazo.
Ante un creciente aumento de los casos de corrupción política, en muchos casos ligados a contratos de la administración local, es necesaria una respuesta rápida de los partidos políticos ante las acciones corruptas, que se adopten los mecanismos de investigación y las reformas oportunas.
 La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) aprobó por unanimidad un código de buen gobierno local para combatir la corrupción en la Administración Local. Es una declaración de intenciones, en la que, entre otras medidas, figura la recomendación de que alcaldes y concejales rechacen los regalos, mayor control en contratos públicos y subvenciones, y la obligación de informar y mantener reuniones con la oposición.
Posteriormente, el 9 de diciembre de 2013, se aprobó la Ley 19/2013 de Transparencia, que obliga, entre otras administraciones, a los Ayuntamientos a facilitar de manera clara y entendible la información relativa a su funcionamiento, indicando en su Art. 5.4 que la información será publicada en las correspondientes sedes electrónicas y páginas web.
Entre las informaciones a facilitar a  los ciudadanos se encuentran las de información institucional, organizativa y de planificación (Art. 6 de la Ley), información de relevancia jurídica (Art. 7) y la información económica, presupuestaria y estadística (Art. 8).
La Ley establece que como mínimo deberá publicarse, entre otra, la información de todos los contratos licitados, un listado trimestral de los contratos menores, la relación de convenios suscritos, las subvenciones concedidas, los presupuestos, las cuentas anuales y retribuciones de altos cargos.
Si bien se da un plazo de dos años a los Ayuntamientos para adaptarse a la Ley, resulta comprensible e imprescindible que sea necesario comenzar a aplicar las medidas para llegar a cumplir con la Ley antes de sobrepasar el plazo estipulado.
Las diferentes fuerzas políticas ya han expresado que está ley tiene que ser complementada con más actuaciones y más medidas.  En el caso de IU ha presentado en el parlamento 54 medidas contra la corrupción.
Mientras todas estas medidas se ponen en marcha y teniendo en cuenta que en el ámbito municipal, la corrupción tiene una gran incidencia y capacidad de contaminación es necesario garantizar y reforzar el control público y situar la transparencia en la primera línea de la agenda política.
Por todo lo anteriormente expuesto, proponemos la adopción de los siguientes acuerdos:
1º.- El Pleno de la Corporación acuerda implantar medidas de transparencia que permitan a los ciudadanos conocer la gestión del Ayuntamiento de manera clara y entendible
 
2º.- Continuar las iniciativas de potenciación y desarrollo de todos los canales municipales sobre la transparencia, la participación y la información sobre la gestión de los contratos públicos del Ayuntamiento de Alhama, dado que todo se hace con el dinero público del conjunto de la ciudadanía.
 
3º.- El Ayuntamiento de Alhama de Murcia deberá hacer públicas y reflejará en su página web las declaraciones de bienes e intereses de todos sus cargos públicos, así como:
 a) Publicar las retribuciones del alcalde y los concejales.
b) Publicar las retribuciones del personal de confianza del alcalde y equipo de gobierno.
c) Publicar, mensualmente, de forma completa la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento y sus retribuciones salariales.
d) Publicar todos los Decretos de Alcaldía que sean de claro interés general.
e) Publicar las ayudas y/o subvenciones concedidas a ONGs o Asociaciones.
f) Publicar todos los documentos referentes a las cuentas anuales del Ayuntamiento. (Presupuesto, liquidaciones, cuenta General, etc…)
g) Contemplar un espacio reservado, en la página web, para los diferentes Grupos municipales.
 4º.- El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia deberá de:
 a) Informar sobre la composición, forma de designación y convocatorias de las Mesas de contratación.
b) Publicar las actas de las Mesas de Contratación.
c) Publicar todos los contratos licitados y adjudicados, así como el método seguido.
d) Publicar la lista y la cuantía de las operaciones con los proveedores más importantes del Ayuntamiento.
e) Publicar la lista y la cuantía de operaciones con los adjudicatarios y contratistas más importantes del Ayuntamiento.
f) Publicar las actas de las sesiones de la Junta de Gobierno.
g) Listado de todos los convenios suscritos y vigentes.
h) Listado trimestral de todos los contratos menores.
 5º.- Establecer un sistema de incompatibilidades de los responsables de contratación, compras y los asesores.
6º.- Establecer un sistema de incompatibilidades de todos los altos cargos del gobierno municipal y de los responsables de contratación o de miembros de asesoría técnica.
7º. El Ayuntamiento de Alhama de Murcia no externalizará servicios salvo aquellos casos en que se justifique debidamente la imposibilidad de prestarlos por propios medios.
 - En cualquier caso, las externalizaciones y los contratos se harán, mediante un proceso abierto.  Igualmente, se disminuirá el umbral para la contracción directa y se darán al Pleno de la Corporación competencias en esta materia así como en la aprobación de facturas y gastos.
 8º- Que las empresas que estén implicadas en casos de corrupción no puedan contratar con la Administración mientras dure la Sentencia correspondiente.
 9º.- Que las empresas no puedan dar dinero a los Partidos ni de forma privada ni pública.
 10º.- Instar al equipo de gobierno a incorporar al Reglamento Orgánico Municipal y normas internas del Ayuntamiento de Alhama un Código de Buen Gobierno Local para combatir la corrupción en la Administración local, tal como propone la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
 - En este código de buen gobierno estará incluida la prohibición de percibir obsequios o invitaciones personales a los cargos públicos o funcionarios municipales y se creará un Registro Público de Obsequios e Invitaciones Institucionales.
 11º.- Mostrar nuestro desprecio y condena hacia todas aquellas personas, entidades, partidos o empresas privadas, que aprovechándose de sus cargos públicos, poder político o económico, o de su cercanía a quienes lo ostentan, información privilegiada, o cualquier otra razón, han llevado o lo están haciendo, prácticas corruptas de aprovechamiento de su situación para lucrarse con el dinero público de los ciudadanos que se encuentran desprotegidos ante ellos.
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Alhama de Murcia a 14 de Noviembre de 2014
Grupo Municipal de IU-Verdes

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