viernes, 16 de diciembre de 2016

Moción sobre defensa de la oferta de empleo público y de los servicios públicos municipales


EL GRUPO MUNICIPAL DE IU-VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA, PRESENTA, PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE DICIEMBRE, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN LA SIGUIENTE MOCIÓN:

Moción: sobre defensa de la oferta de empleo público y de los servicios públicos municipales

 Exposición de motivos:

 Las políticas de austeridad se han dirigido en los últimos años a restringir el gasto público para minimizar al máximo el papel de las instituciones públicas en la economía y a medidas tendentes de manera directa o indirecta a privatizar los servicios públicos. En esta estrategia neoliberal se enmarca las restricciones a la Oferta de Empleo Público que han sufrido las corporaciones locales y todas las administraciones en general.

 Desde el año 2012, en el que aparecen en los Presupuestos  Generales del Estado restricciones a la oferta de empleo público, los Ayuntamientos  han visto cómo su plantilla de personal no sólo se estancaba o se veía mermada al no alcanzar los mínimos necesarios de la tasa de reposición permitida, sino que, en el mejor de los casos, avanzaba en precariedad, sustituyéndose el trabajo estable por contrataciones temporales o interinidades, que tarde o temprano supondrán un nuevo problema que en su día habrá que resolver.

 En algunos casos los Ayuntamientos han tenido que recurrir a contratar servicios a empresas privadas por no poder cubrir adecuadamente las plantillas. Estas restricciones han impedido por otra parte el rescate de servicios públicos privatizados en muchos ayuntamientos por lo que suponía de aumento de Capítulo I.

 Dichas restricciones vienen apareciendo en los Presupuestos Generales del Estado en los siguientes apartados:

 Título III De los gastos de personal.

Capítulo I De los gastos del personal al servicio del sector público.

Artículo 20. Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.

Uno. 1. A lo largo del ejercicio 2016 únicamente se podrá proceder, en el Sector Público delimitado en el artículo anterior, a excepción de las sociedades mercantiles públicas y entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios participados mayoritariamente por las Administraciones y Organismos que integran el Sector Público, que se regirán por lo dispuesto en las disposiciones adicionales décima tercera, décima cuarta y décima quinta, respectivamente, de esta Ley y de los Órganos Constitucionales del Estado, a la incorporación de nuevo personal con sujeción a los límites y requisitos establecidos en los apartados siguientes, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores ….

2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, en los siguientes sectores….

Dos. Durante el año 2016 no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios ….

Tres. ….Durante 2016 no se autorizarán convocatorias de puestos o plazas vacantes de personal laboral de los entes del sector público estatal salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que requerirán la previa y expresa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas …

Si no se puede aumentar el Capítulo I de personal desde el año 2012 y además la tasa de reposición solo afecta a determinados sectores, difícilmente podemos dar respuesta  al aumento o mejora de los servicios públicos que son necesarios en los municipios y que por diferentes circunstancias  hacen necesario la ampliación de la plantilla de personal, ya sea por la necesidad de  incorporación de nuevas áreas en las que el Ayuntamiento ha de ejercer sus competencias, o bien, por   la apertura de nuevos edificios municipales que necesitan la dotación de personal suficiente para su funcionamiento.

 Estas situaciones se agravan mucho más en aquellos municipios de gran afluencia turística  y que tienen que prestar los servicios públicos con la misma plantilla que disponían en el año en el año 2012, como si la situación no hubiese variado desde entonces, aspecto que por los datos turísticos de los últimos cuatro años a nivel nacional ponen de manifiesto que   la actividad turística se ha incrementado notablemente, y por lo tanto también la necesidad de aumentar los servicios públicos que se prestan a los residentes y turistas.

 Al estar sujetos a la obligación de cumplir con la normativa vigente y las indicaciones al respecto en materia laboral recogidas anualmente en los Presupuestos Generales del Estado, cuya principal imposición es la de mantener, tal y como se ha podido apreciar en el articulado reseñado, sin aumentar las cuantías económicas recogidas en el Capítulo I, de gastos de personal de los presupuestos municipales, se está provocando una pérdida notable en la calidad de los servicios públicos que se ofrecen a través de la gestión directa de los ayuntamientos con las consecuentes repercusiones negativas en la calidad de los mismos.

 Son muchos los ayuntamientos que tienen capacidad económica suficiente para generar empleo, y sin embargo, ven cortadas sus pretensiones por leyes injustas que pretenden adelgazar el sector público para dar cabida a otras formas de gestión que sin duda suponen un mayor esfuerzo económico a los ayuntamientos, y por lo tanto son negativas para los intereses de los ciudadanos y ciudadanas.

 Por todo ello el Grupo Municipal de IU-Verdes presenta al Pleno para su aprobación si procede la siguiente MOCION:

 1.         El Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia insta al Gobierno de la Nación a la eliminación en los Presupuestos Generales del Estado de las restricciones a la oferta de empleo público y las restricciones de aumento del Capítulo I.

2.         El Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia acuerda declarar todos los servicios municipales como prioritarios y por tanto solicita la expresa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para poder ejercer las facultades propias de gobierno de nuestro municipio con plena autonomía organizativa.

3.         El Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia acuerda que esta moción se traslade a todos los grupos políticos representados en el Congreso de los Diputados.

  

Alhama de Murcia a 12 de Diciembre 2016

Grupo Municipal de IU-Verdes

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