domingo, 20 de enero de 2013

moción, sobre: CONSECUENCIAS SOBRE EL ORDENAMIENTO URBANÍSTICO DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA TRAS LA SENTENCIA Nº 91/2011


El Grupo Municipal de  IU- Verdes en el Ayuntamiento de Alhama  de Murcia, presenta para su debate la siguiente moción, sobre: 

CONSECUENCIAS SOBRE EL ORDENAMIENTO URBANÍSTICO DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA  TRAS LA SENTENCIA Nº 91/2011 DE 12/02/2011 DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA, RATIFICADA POR EL TRIBUNAL SUPREMO Y EL FALLO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL POR EL QUE ESTIMA EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD  Y ANULA LA DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL SUELO DE LA REGIÓN DE MURCIA EN LA QUE SE DESPROTEGÍAN 11.000 HÉCTAREAS, APROBADA MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO 1/ 2005, DE 10 DE JUNIO.



EXPONE:



 Teniendo conocimiento de las dos sentencias mencionadas con anterioridad y siendo consciente de las consecuencias que generan en el Planeamiento urbanístico del municipio.



En referencia a la primera conocida popularmente como teletransporte hay que señalar que esta sentencia desmonta una práctica extendida en muchos municipios a través de los Planes Generales de Ordenación municipales, de clasificar como Sistemas Generales suelos No Urbanizables Específicamente Protegidos adscritos o vinculados al suelo urbanizable, con el único propósito de generar aprovechamiento urbanístico e incrementar su valor con la excusa de su incorporación al patrimonio público. En esta sentencia, se confirma que es contrario a ley aumentar la edificabilidad de Planes Urbanísticos a costa de suelos de no urbanizables con protección especifíca, por lo tanto se hace necesario aclarar la situación en la que quedan los documentos y planes generales afectados por estas determinaciones.



En cuanto a la segunda; el fallo del Tribunal Constitucional es contundente, declara inconstitucional y nula la disposición adicional octava del Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia aprobada mediante decreto legislativo 1/2005 de 10 de Junio.

Es necesario revisar los planeamientos  urbanísticos, ya que los espacios protegidos vuelven a tener la protección que les quitó mencionada disposición.





Por todo ello presentamos al Pleno para su debate y aprobación si procede la siguiente





MOCIÓN:



Revise con urgencia todo el planeamiento urbanístico municipal y paralización de aquellas actuaciones que se hayan ejecutado en base al teletransporte en la edificabilidad o en base a la disposición adicional octava de la Ley del Suelo de la Región de Murcia 1/ 2001 de 24 de Abril.



Instar  al Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, a que a la mayor brevedad, se proceda a la revisión de todos los acuerdos, órdenes y resoluciones adoptados que se oponen a la sentencia nº 91/2011 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, con el fin de restituir la legalidad urbanística, se ordene la inmediata paralización de la tramitación, y en su caso de la ejecución de los instrumentos de planeamiento urbanístico general, parcial o especial aprobados por la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio antes y después de la citada sentencia y que estén afectados por la misma, en tanto no se evalúe como restituir en cada caso la legalidad conforme a lo estipulado en ella.


Alhama de Murcia, 14 de enero de 2013.





 Grupo Municipal IU-Verdes

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