EL GRUPO MUNICIPAL DE IU-VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE
ALHAMA, PRESENTA, PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE MAYO, PARA SU DEBATE Y
APROBACIÓN LA SIGUIENTE MOCIÓN :
Moción: Sobre acceso de derechos básicos.
El 12 de mayo de 2016 fue aprobada por la Cámara de la Asamblea Regional con los votos a favor de PSOE, Podemos y Ciudadanos, la Ley 10/2016 que reforma la ley 6/2015 de 24 de marzo, de Vivienda de la Región de Murcia y la ley 4/1996 de 14 de junio, del Estatuto de Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia, sin embargo el ejecutivo del Gobierno Regional viene incumpliendo los plazos para el desarrollo reglamentario de la misma, o lo que es lo mismo: impidiendo de facto que la ley se pueda aplicar, y las familias con problemas, puedan acogerse y utilizar las herramientas que la ley establece. Es lamentable que el incumplimiento sistemático de la normativa que por motivos políticos e ideológicos el Partido Popular este privando a familias murcianas en situación de vulnerabilidad de las posibilidades que la ley les otorga.
El 12 de mayo de 2016 fue aprobada por la Cámara de la Asamblea Regional con los votos a favor de PSOE, Podemos y Ciudadanos, la Ley 10/2016 que reforma la ley 6/2015 de 24 de marzo, de Vivienda de la Región de Murcia y la ley 4/1996 de 14 de junio, del Estatuto de Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia, sin embargo el ejecutivo del Gobierno Regional viene incumpliendo los plazos para el desarrollo reglamentario de la misma, o lo que es lo mismo: impidiendo de facto que la ley se pueda aplicar, y las familias con problemas, puedan acogerse y utilizar las herramientas que la ley establece. Es lamentable que el incumplimiento sistemático de la normativa que por motivos políticos e ideológicos el Partido Popular este privando a familias murcianas en situación de vulnerabilidad de las posibilidades que la ley les otorga.
La ley entró en
vigor a los 3 meses de su publicación en el BORM, es decir el 15/9/16, y en la
misma se contempla en su Disposición Final primera que “La Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia debe proponer a la Administración local, en un plazo de
tres meses a contar desde la entrada vigor de la presente ley, los mecanismo
para garantizar el realojamiento adecuado regulado por el artículo 59 quáter 6
de la Ley 6/2015, de Vivienda de la Región de Murcia”, como todas sabemos, a
día de hoy, superado ese mandato en 16 meses, la Consejería de Fomento e
Infraestructuras no ha traído ninguna propuesta ni a la Administración Local ni
a este Ayuntamiento.
En la Disposición
Final segunda de la ley 10/2016, establece que: “ El Gobierno elaborará y
aprobará, en el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la
presente ley, los documentos en los que se contengan los coeficientes que
ponderen los ingresos para la determinación de las situaciones de riesgo de
exclusión residencial. Dichos coeficientes se actualizarán anualmente”. Al igual que en el caso anterior, seguimos
sin conocer tales coeficientes.
En la Disposición
Final tercera de la ley 10/2016, establece que: “El Gobierno, en el plazo de
tres meses desde la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de
esta Ley, desarrollará mediante el correspondiente reglamento las previsiones
incluidas en la presente respecto de los procedimientos de mediación en ella
previsto, los contenidos mínimos obligatorios de los convenios entre
administraciones públicas y empresas suministradoras de agua, electricidad y
gas, el convenio regional de adhesión con los grandes tenedores de vivienda,
así como respecto a la creación y funcionamiento de las comisiones de
sobreendeudamiento a las que se refiere el nuevo artículo 59 ter de la Ley 6/2015, de Vivienda de la
Región de Murcia, las cuales deberán estar integradas en el servicio de
Orientación y Mediación Hipotecaria regulado en los artículos 62 y 63 del mismo
texto legal y en las que en cualquier caso habrá representación de la
Plataforma de Afectados por las Hipotecas, empresas suministradoras de
servicios básicos, organizaciones de consumidores, y otros agentes sociales
interesados en la lucha contra la pobreza energética, junto al resto de
entidades relacionadas con el sector de la vivienda”. En este caso, con un plazo vencido aún mayor,
3 meses más que los anteriores, continuamos sin siquiera el inicio de las negociaciones
para los convenios mandatados por la ley.
Todos estos
mandatos de la Ley 10/2016, han estado y están plenamente vigentes desde la
aprobación y publicación de la misma, ya que ninguno de ellos ha sido objeto
del recurso al Tribunal Constitucional que el Gobierno Central interpuso, es más,
el propio TC levantó la suspensión de la aplicación de 1 de los 2 artículos
recurridos, y ninguno de ellos afecta a estos mandatos.
Todo esto nos
demuestra la insumisión del Gobierno del Sr. López Miras al cumplimiento de una
ley emanada de la Asamblea Regional, parlamento que le otorga su legitimidad
como Gobierno.
Si bien el
cumplimiento de esta normativa es responsabilidad del Gobierno Regional, desde
las administraciones locales, Ayuntamientos, tenemos que exigir el cumplimiento
de la ley, más cuándo hay aparatados que nos interpelan directamente.
Por
todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal de IU-Verdes propone al
Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia que adopte los siguientes
ACUERDOS:
- Instar al Gobierno de la Comunidad Autónoma a realizar la propuesta a las administraciones locales, Ayuntamientos, con los mecanismos para garantizar el realojamiento adecuado regulado por el artículo 59 quáter 6 de la LeY 6/2015, de Vivienda de la Región de Murcia.
- Instar al Gobierno de la Comunidad Autónoma a que se someta a la Ley e inicie las negociaciones necesarias para el establecimiento de los convenios entre las administraciones públicas y las empresas suministradoras de agua, electricidad y gas, tal y como se recoge en la Disposición Final tercera de la ley 10/2016.
Alhama de Murcia a 16 de mayo de 2018
Grupo Municipal de IU-Verdes
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