jueves, 24 de mayo de 2018

Moción sobre acceso de derechos básicos.


EL GRUPO MUNICIPAL DE IU-VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA, PRESENTA, PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE MAYO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN LA SIGUIENTE MOCIÓN:

Moción: Sobre acceso de derechos básicos.

 El 12 de mayo de 2016 fue aprobada por la Cámara de la Asamblea Regional con los votos a favor de PSOE, Podemos y Ciudadanos, la Ley 10/2016 que reforma la ley 6/2015 de 24 de marzo, de Vivienda de la Región de Murcia y la ley 4/1996 de 14 de junio, del Estatuto de Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia, sin embargo el ejecutivo del Gobierno Regional viene incumpliendo los plazos para el desarrollo reglamentario de la misma, o lo que es lo mismo: impidiendo de facto que la ley se pueda aplicar, y las familias con problemas, puedan acogerse y utilizar las herramientas que la ley establece.  Es lamentable que el incumplimiento sistemático de la normativa que por motivos políticos e ideológicos el Partido Popular este privando a familias murcianas en situación de vulnerabilidad de las posibilidades que la ley les otorga.

 La ley entró en vigor a los 3 meses de su publicación en el BORM, es decir el 15/9/16, y en la misma se contempla en su Disposición Final primera que “La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia debe proponer a la Administración local, en un plazo de tres meses a contar desde la entrada vigor de la presente ley, los mecanismo para garantizar el realojamiento adecuado regulado por el artículo 59 quáter 6 de la Ley 6/2015, de Vivienda de la Región de Murcia”, como todas sabemos, a día de hoy, superado ese mandato en 16 meses, la Consejería de Fomento e Infraestructuras no ha traído ninguna propuesta ni a la Administración Local ni a este Ayuntamiento.

 En la Disposición Final segunda de la ley 10/2016, establece que: “ El Gobierno elaborará y aprobará, en el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, los documentos en los que se contengan los coeficientes que ponderen los ingresos para la determinación de las situaciones de riesgo de exclusión residencial. Dichos coeficientes se actualizarán anualmente”.  Al igual que en el caso anterior, seguimos sin conocer tales coeficientes.

 En la Disposición Final tercera de la ley 10/2016, establece que: “El Gobierno, en el plazo de tres meses desde la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de esta Ley, desarrollará mediante el correspondiente reglamento las previsiones incluidas en la presente respecto de los procedimientos de mediación en ella previsto, los contenidos mínimos obligatorios de los convenios entre administraciones públicas y empresas suministradoras de agua, electricidad y gas, el convenio regional de adhesión con los grandes tenedores de vivienda, así como respecto a la creación y funcionamiento de las comisiones de sobreendeudamiento a las que se refiere el nuevo artículo 59  ter de la Ley 6/2015, de Vivienda de la Región de Murcia, las cuales deberán estar integradas en el servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria regulado en los artículos 62 y 63 del mismo texto legal y en las que en cualquier caso habrá representación de la Plataforma de Afectados por las Hipotecas, empresas suministradoras de servicios básicos, organizaciones de consumidores, y otros agentes sociales interesados en la lucha contra la pobreza energética, junto al resto de entidades relacionadas con el sector de la vivienda”.  En este caso, con un plazo vencido aún mayor, 3 meses más que los anteriores, continuamos sin siquiera el inicio de las negociaciones para los convenios mandatados por la ley.

 Todos estos mandatos de la Ley 10/2016, han estado y están plenamente vigentes desde la aprobación y publicación de la misma, ya que ninguno de ellos ha sido objeto del recurso al Tribunal Constitucional que el Gobierno Central interpuso, es más, el propio TC levantó la suspensión de la aplicación de 1 de los 2 artículos recurridos, y ninguno de ellos afecta a estos mandatos.

 Todo esto nos demuestra la insumisión del Gobierno del Sr. López Miras al cumplimiento de una ley emanada de la Asamblea Regional, parlamento que le otorga su legitimidad como Gobierno.
 Si bien el cumplimiento de esta normativa es responsabilidad del Gobierno Regional, desde las administraciones locales, Ayuntamientos, tenemos que exigir el cumplimiento de la ley, más cuándo hay aparatados que nos interpelan directamente.

 Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal de IU-Verdes propone al Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia que adopte los siguientes
ACUERDOS:

  1. Instar al Gobierno de la Comunidad Autónoma a realizar la propuesta a las administraciones locales, Ayuntamientos, con los mecanismos para garantizar el realojamiento adecuado regulado por el artículo 59 quáter 6 de la LeY 6/2015, de Vivienda de la Región de Murcia.

  2. Instar al Gobierno de la Comunidad Autónoma a que se someta a la Ley e inicie las negociaciones necesarias para el establecimiento de los convenios entre las administraciones públicas y las empresas suministradoras de agua, electricidad y gas, tal y como se recoge en la Disposición Final tercera de la ley 10/2016.
Alhama de Murcia a 16 de mayo de 2018
 Grupo Municipal de IU-Verdes

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